TRAMITES CONSULARES
REGISTRO CIVIL
Inscripción de partidas de nacimiento
El Jefe de la Oficina Consular de Bolivia también cumple funciones como Oficial de Registro Civil y puede inscribir o registrar el nacimiento registrando los datos del nacimiento de una persona, previo cumplimento de los requisitos determinados por la norma.
Requisitos para menores nacidos hasta los 12 años cumplidos
REQUISITOS
- La madre o padre del menor debe ser boliviano/a.
- Presencia del menor que será inscrito.
- Presencia de los padres del menor (ambos si es posible o uno de ellos).
- Certificado de nacido vivo emitido por el centro médico u hospital.
- Certificado de Nacimiento de Registro Civil del país de nacimiento del menor, original o la copia legalizada, traducido si está en otro idioma diferente al español. La traducción también debe estar legalizada o apostillada.
- Pasaporte o cédula de identidad vigente de los padres.
- Certificado de matrimonio de los padres (si son casados).
- Cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad de dos (2) testigos, mayores de edad, que no sean familiares, pueden ser extranjeros. Debiendo encontrarse presentes al momento del registro.
Requisitos para solicitudes de 12 hasta los 18 años
REQUISITOS
- La madre o padre del menor debe ser boliviano/a.
- Presencia del menor que será inscrito.
- Presencia de los padres del menor (ambos si es posible o uno de ellos).
- Certificado de nacido vivo emitido por el centro médico u hospital.
- Certificado de Nacimiento de Registro Civil del país de nacimiento del menor, original o la copia legalizada, traducido si está en otro idioma diferente al español. La traducción también debe estar legalizada o apostillada.
- Pasaporte o cédula de identidad vigente de los padres.
- Certificado de matrimonio de los padres (si son casados).
- Dos testigos con documentos de identidad vigentes.
Requisitos para mayores de 18 años
REQUISITOS
- Certificado de nacimiento, partida de nacimiento o documento análogo de registro emitido por autoridad competente en el extranjero en original o fotocopia/copia legalizada, apostillado cuando corresponda (traducido si no se encuentra en el idioma castellano). Este documento deberá contener el nombre
- En caso de que el documento oficial de nacimiento deba ser emitido por un país que atraviesa conflictos armados, bélicos, guerras o personas que se encuentran en calidad de apátridas, refugiados o asilados se podrá aceptar documentación supletoria previa autorización escrita de las funcionarias y lo
- Cuando la filiación de la madre boliviana o el padre boliviano no esté acreditada en el documento oficial de nacimiento, la filiación se demostrará por documento oficial idóneo de autoridad competente que contenga el nombre completo del progenitor boliviano/a (reconocimiento, orden judicial u otro
- Documento de identidad emitido en el extranjero u otra documentación que acredite la identidad del titular.
- Cédula de identidad, pasaporte o certificado de nacimiento (original) de la madre o padre boliviano/a.
- Cédula de identidad, pasaporte, o documento de identidad (original) de la madre extranjera o del padre extranjero. (si corresponde)
- Cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad de dos (2) testigos, mayores de edad, que no sean familiares, pueden ser extranjeros. Debiendo encontrarse presentes a momento del registro.
Inscripción de partidas de defunción
El Oficial del Registro Civil registra el fallecimiento de una persona boliviana en el exterior.
REQUISITOS
- Certificado de defunción original o copia legalizada en el país emisor (traducido si no se encuentra en el idioma castellano, la traducción también deberá estar legalizada o apostillada).
- Cédula de identidad o pasaporte vigente del solicitante.
- Certificado de defunción extranjero o certificado médico de defunción con firma y sello del médico.
- Certificado médico forense (si la muerte fue en un accidente o de forma violenta)
- Certificado de nacimiento, cédula de identidad o pasaporte del fallecido.
- Cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad de dos (2) testigos, mayores de edad, que no sean familiares, pueden ser extranjeros. Debiendo encontrarse presentes a momento del registro.
Inscripción de reconocimiento de hijos
Los padres o uno de ellos pueden hacer una declaración voluntaria de reconocimiento en forma personal o mediante poder especial, para reconocer su hijo ante un Oficial de Registro Civil.
REQUISITOS
- Cédula de identidad y/o pasaporte y presencia de los padres (si uno de ellos no puede asistir puede acudir el presentarse el apoderado con el poder respectivo).
- Certificado de nacimiento del menor boliviano original actualizado.
- Cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad de dos (2) testigos, mayores de edad, que no sean familiares, pueden ser extranjeros. Debiendo encontrarse presente a momento del registro.
Registro u homologación de matrimonio
Los esposos pueden acudir ante el Oficial del Registro Civil para solicitar que se registre, transcriba, homologue su matrimonio previamente celebrado en el exterior en los Libros de registro correspondientes, por lo menos uno de ellos debe ser boliviano,
REQUISITOS
- Presencia física de los cónyuges en la Oficina consular.
- Certificado de matrimonio original o copia legalizada por las instancias correspondientes (si el certificado se encuentra en otro idioma, se deberá presentar de igual modo una copia traducida al castellano y legalizada).
- Documento de identidad vigentes de ambos cónyuges (pasaporte vigente para extranjeros).
- Cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad de dos (2) testigos, mayores de edad, que no sean familiares, pueden ser extranjeros. Debiendo encontrarse presente a momento del registro.
Celebración de matrimonio
La Celebración del matrimonio es la unión libre, voluntaria, legal y pública de un varón y una mujer ante la sociedad, cumpliendo con los requisitos exigidos por ley. Lo celebra únicamente el Oficial de Registro Civil. Para este efecto los novios deberán presentar su documentación vigente.
Requisitos para matrimonio entre bolivianos
REQUISITOS
- Certificado de nacimiento original y actualizado de los contrayentes.
- Documento de identidad original y fotocopia vigente.
- Certificado de libertad de Estado civil o de soltería.
- En caso de que uno o los dos contrayentes hubieran contraído matrimonio anteriormente con otra persona deberán presentar el certificado de matrimonio con la partida cancelada.
- En caso de viudez deberá presentarse el certificado de defunción del anterior cónyuge.
- Cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad de dos (2) testigos uno por contrayente, mayores de edad, que no sean familiares, pueden ser extranjeros. Debiendo encontrarse presentes a momento del registro.
Requisitos para matrimonio entre boliviano/a y extranjero/a
REQUISITOS
- Certificado de nacimiento original y actualizado de los contrayentes, el ciudadano extranjero deberá entregar legalizado su certificado (traducido en caso de estar en un idioma distinto al castellano).
- Documento de identidad original y fotocopia (cédula de identidad o pasaporte vigente para bolivianos y pasaporte para extranjeros – si corresponde traducido).
- En caso de que uno o los dos contrayentes hubieran contraído matrimonio anteriormente con otra persona deberán presentar certificado de matrimonio con la partida cancelada o documento análogo del país para extranjero (traducido en castellano en caso de estar en otro idioma).
- En caso de viudez deberá presentarse el certificado de defunción del anterior cónyuge (traducido en castellano en caso de estar en otro idioma).
- Certificado de soltería emitido por el país de origen (traducido en castellano en caso de estar en otro idioma).
- Cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad de dos (2) testigos uno por contrayente, mayores de edad, que no sean familiares, pueden ser extranjeros. Debiendo encontrarse presente a momento del registro.
- Si el pretendiente es extranjero, debe presentar los documentos legalizadas o apostillados por el país que los emite de acuerdo a su normativa y por el Consulado de Bolivia en el país respectivo y traducidos al español si están en otro idioma. Las traducciones deberán estar también legalizadas o apo
Emisión de certificados duplicados
La Oficina Consular puede otorgar una copia original del certificado de nacimiento, defunción o de matrimonio, siempre y cuando estén registrados en base de datos del Registro Civil.
REQUISITOS
- Cédula de identidad y/o certificado de nacimiento (original ó fotocopia).
- Pueden solicitar los certificados solamente los familiares de primer grado: padres, hermanos, cónyuge o hijos/as, portando sus documentos vigentes que muestren su relación con el titular del certificado, caso contrario, requieren un poder notarial.
Rectificación o corrección de partidas
Si usted requiere realizar la rectificación ò corrección de una partida, deberá apersonarse a la Oficina Consular y presentar:
REQUISITOS
- Solicitud de rectificación: Cuando se pruebe la existencia del error que no afecte a la identidad de la persona (fallas de escritura, letras o números) por ejemplo: Perez – Peres, se puede hacer solicitud de rectificación convalidar datos en una partida de nacimiento, matrimonio o defunción que tenga tachaduras, sobrescritos, por falta de firma o sello del funcionario encargado de Registro Civil.
- Complementación: Incluir, añadir datos no registrados en una partida de Registro Civil.
- Reponer/reposición: Registrar o recuperar en el sistema una partida extraviada o destruida.
- Cambiar: Suplir un dato por otro.
- Cancelación: Dejar sin efecto una partida por existir más de una inscripción.
- Aclaración: No será procedente la solicitud que pretenda rectificar un dato que a través de un anterior trámite administrativo fue rectificado o complementado, salvo que presente pruebas de reciente obtención.
- Traspaso: Trasladar o transferir una partida de un libro a otro.
- El interesado debe presentar toda la documentación que avale que llena unos datos y no otros en su partida, sea de nacimiento, matrimonio o defunción. Por ejemplo: cédula de identidad, pasaporte, certificado de nacimiento, matrimonio o defunción, copia digitalizada o legalizada, otros documentos que sirvan para demostrar cuáles son los datos correctos.
PASAPORTES
¿Qué es el pasaporte?
El pasaporte electrónico es el documento oficial de viaje tramitado por los ciudadanos bolivianos en la Dirección General de Migración (DIGEMIG) en Bolivia y en las Oficinas Consulares por los connacionales residentes en el exterior.
¿La tramitación del pasaporte es personal?
Sí, debido a las características del Sistema de Pasaportes, el trámite se realiza de forma presencial. El trámite se inicia cuando el ciudadano/a solicita la emisión de un Pasaporte Electrónico, ante la Oficina Consular presentando los documentos correspondientes.
Nuevo pasaporte (menores de 18 años)
REQUISITOS
- Certificado de Nacimiento original actualizado.
- Cédula de identidad o asignación de número de identidad en original y fotocopia simple.
- Documentos del padre y/o madre en original y fotocopia:
- Pasaporte o Cédula de Identidad (para bolivianos).
- Cédula de Identidad de extranjero CIE o pasaporte (para extranjeros).
- Los documentos deben ser contrastados con los originales.
- Autorización de emisión de pasaporte mediante Declaración Jurada ante autoridad competente del país receptor o una Oficina Consular de Bolivia si es que uno de los progenitores se encuentra en otro país. (No es necesaria si se tramita con ambos padres).
Nuevo pasaporte (mayores de 18 años)
REQUISITOS
- Cédula de identidad o asignación de número de identidad en original y fotocopia simple
- Certificado de nacimiento original actualizado y fotocopia simple (En caso de ser boliviano por padres).
Emisión de pasaporte por pérdida o robo
REQUISITOS
- Cédula de identidad, asignación de número de identidad o Certificado de nacimiento original actualizado y fotocopia simple.
- Denuncia de pérdida o robo del pasaporte ante las autoridades competentes del país receptor. (Puede realizar una Declaración Jurada en la Oficina Consular).
Renovación de pasaporte
REQUISITOS
- Cédula de identidad, asignación de número de identidad o Certificado de nacimiento original actualizado y fotocopia simple.
- Pasaporte expirado o por expirarse en los próximos 6 meses, dañado o con las hojas agotadas.
- Carta de solicitud a la Autoridad Consular explicando la necesidad de la renovación del pasaporte.
¿La tramitación del pasaporte es personal?
Sí, debido a las características del Sistema de Pasaportes, el trámite se realiza de forma presencial. El trámite se inicia cuando el ciudadano/a solicita la emisión de un Pasaporte Electrónico, ante la Oficina Consular presentando los documentos correspondientes.
LEGALIZACIONES
Legalizaciones
Una legalización es la homologación de un documento emitido en el país de residencia, puede tratarse de: documentos relativos al Registro Civil, documentos notariales, documentos comerciales, documentos de estudio, traducciones, certificados médicos, entre otros.
REQUISITOS
- Estos documentos por ser extranjeros, previamente deberán estar previamente legalizados por las autoridades competentes en el país de origen.
- Presentar el documento a la Oficina Consular de Bolivia.
- Realizar el pago correspondiente de acuerdo al Arancel Consular.
TRÁMITES
Legalización
Legalización
La legalización es un acto administrativo mediante el cual se da valor legal a un documento público extranjero o boliviano, comprobando la autenticidad de la firma puesta en un documento y la calidad en que la autoridad del documento ha actuado.
REQUISITOS
- La legalización es un acto administrativo mediante el cual se da valor legal a un documento público extranjero o boliviano, comprobando la autenticidad de la firma puesta en un documento y la calidad en que la autoridad del documento ha actuado.
- El documento debe ser expedido por la autoridad competente y suscrito por la misma, el cual debe contener las firmas intermedias de autoridades competentes, según corresponda acorde a la normativa vigente del país emisor de la documentación (traducido en castellano en caso de estar en otro idioma).
- Cumplidos los anteriores pasos, se lleva el documento para proceder con la legalización en la Oficina Consular correspondiente.
- Debe estar legalizado por la instancia competente y responsable de la legalización de firmas en documentos públicos (Ministerio de Relaciones Exteriores), o por la autoridad delegada del país donde se emitió el documento (traducido en castellano en caso de estar en otro idioma).
TRÁMITES
ACTUACIÓN NOTARIALES
¿Qué es un Poder General o Especial?
Es el documento mediante el cual una persona natural o jurídica, delega a otra u otras la facultad de actuar en su nombre, en determinada materia que sea requerida por el interesado.
?Los poderes emitidos por las Oficinas Consulares de Bolivia en el exterior sólo tienen efectos legales en territorio boliviano.
REQUISITOS
- El trámite es estrictamente personal.
- Cédula de identidad vigente.
- Fotocopia de carnet de identidad o pasaporte del apoderado.
- Instructiva de poder (Formato digital).
¿Qué es un Poder Especial para el cobro de rentas?
Es el documento por medio del cual una persona concede autorización a otra para que en su nombre y representación ejecute los actos administrativos exclusivos para el cobro o renta de jubilación en territorio boliviano.
REQUISITOS
- El trámite es estrictamente personal.
- Pasaporte o cédula de identidad vigente.
- Copia de la cédula de identidad o pasaporte del apoderado.
- Copia de la última boleta de pago de la renta de jubilación.
¿Qué es el Certificado de Vivencia?
Es un documento que el Consulado emite dando fe de que el solicitante continúa con vida, es requerido periódicamente para el cobro de la renta jubilación o derecho habiente en el sistema de pensiones boliviano o en las compañías de seguros.
REQUISITOS
- Pasaporte ó la Cédula de Identidad vigente.
- Datos del domicilio temporal o permanente del solicitante en el extranjero.
- Información del SECTOR del cual cobra la renta o copia de la última boleta de pago de la renta de jubilación.
- Presencia física del interesado en la Oficina Consular, para certificados emitidos en físico, o para el enrolamiento en el sistema de vivencias a distancia con la tecnología de reconocimiento facial.
¿Qué es el certificado de vivencia mediante reconocimiento facial?
Es el certificado de vivencia que se solicita mediante un dispositivo con internet sin necesidad de presentarse en la Oficina Consular y permite realizar la autentificación y la verificación de la identidad mediante el reconocimiento facial, herramienta de última tecnología que cuenta con las medidas, normas de seguridad y calidad necesarias.
Procedimiento de registro
REQUISITOS
- Acercarse a la oficina consular más cercana para realizar el registro de sus datos en el módulo de emisión de certificados de vivencia a través del reconocimiento facial.
- Presentar los siguientes documentos:
- Cédula de identidad del interesado.
- Copia de la Cédula de identidad del apoderado.
- Entregar la siguiente información:
- Teléfonos de referencia.
- Correo electrónico.
- Sector del cual percibe el beneficio.
- Datos del apoderado.
- Una vez que se realice el registro, el sistema enviará al correo electrónico que usted registró una contraseña para el acceso a través de la aplicación móvil El Consulado en tus Manos.
Procedimiento de solicitud de certificado
REQUISITOS
- Ingresar a la aplicación móvil “El Consulado en tus Manos”, posteriormente ir al menú principal y buscar el icono Acceso Usuario (vivencias) donde encontrará el Módulo de reconocimiento facial.
- Leer la información referida a los TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO.
- Ingresar la información solicitada
- Número de cédula de identidad complemento si corresponde.
- La contraseña que el sistema envió al correo electrónico que usted registró.
- Seleccionar la opción Nuevo certificado de vivencia.
- Completar la información solicitada.
- Hacer un clic en la opción Enviar y tomar foto, la cual tomará la fotografía para realizar el reconocimiento facial.
- El sistema tomará las fotografías y realizará la comparación con las fotografías que se tomaron al momento del registro.
- Finalmente, el sistema de reconocimiento facial mostrará el mensaje Se ha registrado correctamente, y el sistema generará automáticamente el certificado de vivencia correspondiente.
- La oficina consular imprimirá el certificado de vivencia solicitado, firmará y lo enviará mediante el sistema a la Unidad de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en Bolivia, para posteriormente ser entregado al apoderado.
MENAJE DOMESTICO
¿Cómo llevar tus bienes si retornas a Bolivia?
Para llevar tus bienes a Bolivia cuando retornas definitivamente puedes hacerlo en el marco del Régimen aduanero excepcional de Menaje Doméstico, que te permite introducir a territorio boliviano tus bienes usados y propios cuando retornas al país para fijar tu residencia, puedes hacerlo sin pago de tributos aduaneros de importación. Este trámite se puede realizar por una sola vez.
A TOMAR EN CUENTA:
* La validación de la declaración jurada se hace por única vez al interesado boliviano.
* Una declaración jurada no validada será eliminada automáticamente del sistema después de 30 días, teniendo el interesado que volver a llenarla para su validación consular.
* No se benefician de la exención los vehículos automóviles y motocicletas, salvo aquellas sin motor como bicicletas, sillas y carretillas, entre otros.
* El plazo de llegada del menaje doméstico debe ser 1 mes antes o hasta 6 meses después del arribo del propietario o responsable.
* Quien realiza la Declaración Jurada es quien deberá recoger en Bolivia el Menaje Doméstico.
* El uso indebido del Menaje Doméstico dará lugar a sanciones.
Ciudadano Boliviano
REQUISITOS
- Declaración Jurada de ingreso de menaje doméstico, llenada en el sistema informático de la Aduana Nacional (https://www.aduana.gob.bo/aduana7/content/viajero ).
- Pasaporte que acredite una permanencia mínima de dos (2) años en el extranjero, con visitas a Bolivia realizadas durante un periodo que no exceda los 90 días.
- Documento de validación de la declaración jurada realizada por la Oficina Consular.
- Certificado de residencia y actividad u oficio emitido por la Oficina Consular.
- El trámite consular es de carácter gratuito.
- Ingreso de menaje con valor máximo: Hasta 35.000 USD (Treinta y cinco mil dólares americanos) de valor FOB, cuando no incluye equipos y/o herramientas y hasta 50.000 USD (Cincuenta mil dólares americanos) cuando incluya equipos y/o máquinas.
Ciudadano extranjero
REQUISITOS
- Declaración Jurada de ingreso de menaje doméstico, llenada en el sistema informático de la Aduana Nacional (https://www.aduana.gob.bo/aduana7/content/viajero).
- Visa de Objeto Determinado.
- Documento de validación de la declaración jurada realizada por la Oficina Consular boliviana en el país donde se encuentre.
- El trámite consular es de carácter gratuito.
- Ingreso de menaje con valor máximo: Hasta $us 35.000 (Treinta y cinco mil dólares americanos).
VISAS
¿Qué es la visa?
La visa es un documento de viaje emitido por los Consulados y Embajadas de Bolivia en el exterior que habilita a las y los ciudadanos extranjeros el ingreso a Bolivia con el objeto de permanecer por un tiempo determinado.
Dependiendo del motivo de viaje a Bolivia se puede otorgar las siguientes visas:
Visa de Turismo
La Visa de Turismo es el permiso que autoriza el ingreso al país a personas extranjeras para permanecer en territorio boliviano con el propósito de descanso o esparcimiento.
Para la exoneración y extensión de visas de ingreso a territorio boliviano se clasifica a los países de la siguiente manera:
GRUPO I
Las personas de nacionalidad de los países comprendidos en el Grupo I, NO REQUIEREN de Visa de ingreso por turismo, para visitar territorio boliviano.
GRUPO II
Las personas de nacionalidad de los países comprendidos en el Grupo II, REQUIEREN de Visa de ingreso por turismo, para el visitar territorio boliviano.
GRUPO III
Las personas de nacionalidad de los países comprendidos en el Grupo III, REQUIEREN de Visa de ingreso a territorio boliviano en calidad de Turista, previa consulta de la Oficina Consular que corresponda a la Dirección General de Migración (DIGEMIG) de Bolivia.
Los requisitos deben ser presentados únicamente por los ciudadanos extranjeros comprendidos en los GRUPOS II y III.
REQUISITOS
- Pasaporte con vigencia mínima de seis (6) meses.
- Formulario de Declaración Jurada de solicitud de Visa.
- Certificado de vacuna contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de alto riesgo.
- Itinerario de viaje o pasajes de retorno.
- Carta de invitación de persona con domicilio legal en Bolivia registrada y autorizada por la Dirección General de Migración (DIGEMIG), o reserva de hospedaje.
- Solvencia económica acreditada mediante extracto bancario y/o tarjeta de crédito.
- Fotografía actual 4 x 4 (fondo rojo).
- Resolución de la Dirección General de Migración (DIGEMIG) de autorización de ingreso a territorio boliviano. (para extranjeros de países comprendidos en el GRUPO III).
Visa de Objeto Determinado
La Visa de Objeto Determinado es el permiso para el ingreso al país a personas extranjeras, con el fin de permanecer en territorio boliviano por diferentes motivos: trabajo, trabajo transitorio, voluntariado, trabajo por intercambio académico, religiosos, salud, familia, con fines distintos al turismo.
La vigencia de la Visa de Objeto Determinado varía dependiendo el motivo de la permanencia en territorio boliviano.
REQUISITOS
- Formulario de declaración jurada de solicitud de visa (aplicable a todos los tipos de visas).
- Pasaporte con vigencia mínima de 6 meses (aplicable a todos los tipos de visas).
- Documento que acredita la actividad que desarrollará en territorio boliviano (aplicable a todos los tipos de visas).
- Carta de invitación de la entidad o empresa con documentación de respaldo en los casos que corresponda, excepto trabajo transitorio, salud y familia.
- Certificado de Antecedentes policiales, penales o judiciales del país de origen o de residencia, solo a mayores de 16 años (aplicable a todos los tipos de visas).
- Solvencia económica acreditada mediante extracto bancario y/o tarjeta de crédito, excepto por motivos religiosos y por familia.
- Certificado de vacuna contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de alto riesgo (aplicable a todos los tipos de visas).
- Fotografía actual 4x4 (fondo rojo).
Visa de Estudiante
Es la autorización de ingreso al país a personas extranjeras, con el propósito de cursar estudios a nivel primario secundario y en instituciones de educación superior de formación profesional.
Tiene una vigencia de hasta 60 días y habilita a tramitar la permanencia temporal del estudiante por 1 año ante la Dirección General de Migración (DIGEMIG), renovables hasta la culminación de sus estudios.
REQUISITOS
- Formulario de Declaración Jurada de Solicitud de Visa.
- Pasaporte con vigencia mínima de 6 meses.
- Cualquiera de los siguientes documentos que acreditan los estudios que deberán ser legalizadas previamente por la Oficina Consular correspondiente: certificado de estudios, título de bachiller, licenciatura o posgrado, libreta o registro de notas.
- Certificado de antecedentes policiales, penales o judiciales del país de origen o de su última residencia (no aplica a menores de 16 años).
- Certificado de vacuna contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de alto riesgo.
- Fotografía actual (4x4 fondo rojo).
Visa múltiple
La Visa Múltiple autoriza el ingreso y salida del país de manera constante a personas extranjeras con la finalidad de realizar actividades de inversión y negocios. Tiene vigencia de 1 año con estadía en territorio boliviano por periodos no mayores a 90 días ininterrumpidos.
REQUISITOS
- Formulario de Declaración Jurada de solicitud de Visa.
- Pasaporte con vigencia mínima de seis (6) meses.
- Documentación legalizada de Constitución de la empresa a la que representa en su país de origen o residencia.
- Fotocopia legalizada del Número de Identificación Tributaria NIT ó certificación electrónica original en caso de que la empresa haya sido constituida en territorio boliviano.
- Certificado vigente de antecedentes policiales, penales o judiciales del país de origen o de residencia, o certificado de antecedentes expedido por INTERPOL.
- Certificado de vacuna contra la Fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de alto riesgo.
- Fotografía actual 4 x 4 (fondo rojo).
Visa humanitaria
La Visa Humanitaria es la autorización de ingreso al país a personas extranjeras para permanecer en territorio boliviano hasta 30 días que demuestren las siguientes razones humanitarias:
- Necesidad de protección internacional amparada por el principio de no devolución.
- Víctima de trata y tráfico de personas u otras modalidades de explotación.
- Ser acompañante de persona enferma que requiera tratamiento médico.
REQUISITOS
- Formulario de Declaración Jurada de solicitud de Visa.
- Demostrar documentalmente la situación por la que requiere visa humanitaria.
- Pasaporte con vigencia mínima de 6 meses.
- Certificado de vacuna contra la Fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de alto riesgo.
- Fotografía actual.
Víctima de trata de personas o tráfico de migrantes u otras formas de explotación
REQUISITOS
- Formulario de Declaración Jurada de solicitud de permanencia temporal, obtenido del sitio web de la Dirección General de Migración.
- Pasaporte o documento nacional de identidad o cualquier otro documento que acredite su identidad.
- Cualquier documento (fotográfico, noticia u otro) que demuestre que es víctima de trata de personas o tráfico de migrantes.
- Fotografía actual
Acompañante de persona enferma que requiera tratamiento médico
REQUISITOS
- Formulario de declaración jurada de solicitud de permanencia temporal obtenido en el sitio web de la Dirección General de Migración (DIGEMIG).
- Pasaporte con vigencia mínima de 6 meses.
- Certificado de vacuna contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de alto riesgo.
- Certificado Médico que acredite que la persona enferma a la cual se va a acompañar así lo requiere.
- Fotografía actual (4x4 fondo rojo)
Visa de cortesía
La Visa de Cortesía es el permiso de ingreso a territorio boliviano, otorgada a altos funcionarios de Estado y de Gobierno, de organismos internacionales, personalidades culturales y religiosas, con la finalidad de realizar actividades de interés nacional.
REQUISITOS
- Invitación emitida por una institución pública del Bolivia, vía Ministerio de Relaciones Exteriores.
Visa de tránsito
La Visa de Tránsito es otorgada a todos los ciudadanos extranjeros que se encuentran en tránsito en nuestro territorio y tiene vigencia hasta 15 días.
* Serán considerados viajeros en tránsito: capitanes, pilotos y tripulantes de naves o aeronaves.
REQUISITOS
- Formulario de declaración jurada de solicitud de visa.
- Pasaporte con vigencia mínima de 6 meses.
- Pasajes que acrediten que su destino final es un tercer país.
SEGIP
Asignación de Número Cédula de Identidad
La asignación de número de identidad es un trámite administrativo dirigido a nuestros connacionales bolivianas y bolivianos residentes en el exterior, generalmente menores de edad, de padre y/o madre boliviano/a y que no cuenten con un número de identidad. Este trámite es requerido para la emisión de su cédula de identidad, así como para la obtención del pasaporte o salvoconducto.
Trámite gratuito
REQUISITOS
- Certificado de nacimiento original y actualizado.
- Solicitud escrita de saneamiento de datos del interesado(a) dirigido al Servicio General de Identificación Personal - SEGIP.
- Una fotografía 3x3 cm. fondo blanco del interesado/a.
- Formulario FC-1, (Debe ser recabado y llenado en la oficina consular)
- Formulario FC-2, (Debe ser recabado y llenado en la oficina consular)
- Fotocopia de los documentos de respaldo, como ser la cedula de identidad anterior, pasaportes, libreta militar si es varon.
- En caso de ser menor de edad: adjuntar fotocopias de los pasaportes o cédulas de identidad del padre y madre, como los documentos originales para su verificación.
Saneamiento de datos de Cédula de Identidad
El saneamiento de datos se realiza cuando los funcionarios de la Oficina Consular al verificar en el sistema RUI – SEGIP, descubren que el ciudadano tiene observaciones en su registro de identidad como ser duplicidad, multiplicidad, homonimia, o falta de registro, entre otros.
Todos los requisitos deben ser presentados en la Oficina Consular y mediante ellos poder realizar el trámite de saneamiento.
Trámite gratuito
REQUISITOS
- Certificado de nacimiento original y actualizado.
- Una fotografía 3x3 cm. fondo blanco del interesado/a.
- Solicitud escrita de saneamiento de datos del interesado(a) dirigido al Servicio General de Identificación Personal - SEGIP.
- Formulario FC-1, (Debe ser recabado y llenado en la oficina consular)
Formulario FC-2, (Debe ser recabado y llenado en la oficina consular)
- Fotocopia de los documentos de respaldo, como ser la cedula de identidad anterior, pasaportes, libreta militar si es varon.