Registro civil


Inscripción de partidas de nacimiento

El Jefe de la Oficina Consular de Bolivia también cumple funciones como Oficial de Registro Civil y puede inscribir o registrar el nacimiento registrando los datos del nacimiento de una persona, previo cumplimento de los requisitos determinados por la norma.

Requisitos para menores nacidos hasta los 12 años cumplidos

REQUISITOS

  • La madre o padre del menor debe ser boliviano/a.
  • Presencia del menor que será inscrito.
  • Presencia de los padres del menor (ambos si es posible o uno de ellos).
  • Certificado de nacido vivo emitido por el centro médico u hospital.
  • Certificado de Nacimiento de Registro Civil del país de nacimiento del menor, original o la copia legalizada, traducido si está en otro idioma diferente al español. La traducción también debe estar legalizada o apostillada.
  • Pasaporte o cédula de identidad vigente de los padres.
  • Certificado de matrimonio de los padres (si son casados).
  • Cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad de dos (2) testigos, mayores de edad, que no sean familiares, pueden ser extranjeros. Debiendo encontrarse presentes al momento del registro.

COSTO

Requisitos para solicitudes de 12 hasta los 18 años

REQUISITOS

  • La madre o padre del menor debe ser boliviano/a.
  • Presencia del menor que será inscrito.
  • Presencia de los padres del menor (ambos si es posible o uno de ellos).
  • Certificado de nacido vivo emitido por el centro médico u hospital.
  • Certificado de Nacimiento de Registro Civil del país de nacimiento del menor, original o la copia legalizada, traducido si está en otro idioma diferente al español. La traducción también debe estar legalizada o apostillada.
  • Pasaporte o cédula de identidad vigente de los padres.
  • Certificado de matrimonio de los padres (si son casados).
  • Dos testigos con documentos de identidad vigentes.

COSTO

Requisitos para mayores de 18 años

REQUISITOS

  • Certificado de nacimiento, partida de nacimiento o documento análogo de registro emitido por autoridad competente en el extranjero en original o fotocopia/copia legalizada, apostillado cuando corresponda (traducido si no se encuentra en el idioma castellano). Este documento deberá contener el nombre
  • En caso de que el documento oficial de nacimiento deba ser emitido por un país que atraviesa conflictos armados, bélicos, guerras o personas que se encuentran en calidad de apátridas, refugiados o asilados se podrá aceptar documentación supletoria previa autorización escrita de las funcionarias y lo
  • Cuando la filiación de la madre boliviana o el padre boliviano no esté acreditada en el documento oficial de nacimiento, la filiación se demostrará por documento oficial idóneo de autoridad competente que contenga el nombre completo del progenitor boliviano/a (reconocimiento, orden judicial u otro a
  • Documento de identidad emitido en el extranjero u otra documentación que acredite la identidad del titular.
  • Cédula de identidad, pasaporte o certificado de nacimiento (original) de la madre o padre boliviano/a.
  • Cédula de identidad, pasaporte, o documento de identidad (original) de la madre extranjera o del padre extranjero. (si corresponde)
  • Cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad de dos (2) testigos, mayores de edad, que no sean familiares, pueden ser extranjeros. Debiendo encontrarse presentes a momento del registro.

COSTO


Inscripción de partidas de defunción

El Oficial del Registro Civil registra el fallecimiento de una persona boliviana en el exterior.

REQUISITOS

  • Certificado de defunción original o copia legalizada en el país emisor (traducido si no se encuentra en el idioma castellano, la traducción también deberá estar legalizada o apostillada).
  • Cédula de identidad o pasaporte vigente del solicitante.
  • Certificado de defunción extranjero o certificado médico de defunción con firma y sello del médico.
  • Certificado médico forense (si la muerte fue en un accidente o de forma violenta)
  • Certificado de nacimiento, cédula de identidad o pasaporte del fallecido.
  • Cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad de dos (2) testigos, mayores de edad, que no sean familiares, pueden ser extranjeros. Debiendo encontrarse presentes a momento del registro.

COSTO


Registro u homologación de matrimonio

Los esposos pueden acudir ante el Oficial del Registro Civil para solicitar que se registre, transcriba, homologue su matrimonio previamente celebrado en el exterior en los Libros de registro correspondientes, por lo menos uno de ellos debe ser boliviano,

REQUISITOS

  • Presencia física de los cónyuges en la Oficina consular.
  • Certificado de matrimonio original o copia legalizada por las instancias correspondientes (si el certificado se encuentra en otro idioma, se deberá presentar de igual modo una copia traducida al castellano y legalizada).
  • Documento de identidad vigentes de ambos cónyuges (pasaporte vigente para extranjeros).
  • Cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad de dos (2) testigos, mayores de edad, que no sean familiares, pueden ser extranjeros. Debiendo encontrarse presente a momento del registro.

COSTO


Celebración de matrimonio

La Celebración del matrimonio es la unión libre, voluntaria, legal y pública de un varón y una mujer ante la sociedad, cumpliendo con los requisitos exigidos por ley. Lo celebra únicamente el Oficial de Registro Civil. Para este efecto los novios deberán presentar su documentación vigente.

Requisitos para matrimonio entre bolivianos

REQUISITOS

  • Certificado de nacimiento original y actualizado de los contrayentes.
  • Documento de identidad original y fotocopia vigente.
  • Certificado de libertad de Estado civil o de soltería.
  • En caso de que uno o los dos contrayentes hubieran contraído matrimonio anteriormente con otra persona deberán presentar el certificado de matrimonio con la partida cancelada.
  • En caso de viudez deberá presentarse el certificado de defunción del anterior cónyuge.
  • Cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad de dos (2) testigos uno por contrayente, mayores de edad, que no sean familiares, pueden ser extranjeros. Debiendo encontrarse presentes a momento del registro.

COSTO

Requisitos para matrimonio entre boliviano/a y extranjero/a

REQUISITOS

  • Certificado de nacimiento original y actualizado de los contrayentes, el ciudadano extranjero deberá entregar legalizado su certificado (traducido en caso de estar en un idioma distinto al castellano).
  • Documento de identidad original y fotocopia (cédula de identidad o pasaporte vigente para bolivianos y pasaporte para extranjeros – si corresponde traducido).
  • En caso de que uno o los dos contrayentes hubieran contraído matrimonio anteriormente con otra persona deberán presentar certificado de matrimonio con la partida cancelada o documento análogo del país para extranjero (traducido en castellano en caso de estar en otro idioma).
  • En caso de viudez deberá presentarse el certificado de defunción del anterior cónyuge (traducido en castellano en caso de estar en otro idioma).
  • Certificado de soltería emitido por el país de origen (traducido en castellano en caso de estar en otro idioma).
  • Cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad de dos (2) testigos uno por contrayente, mayores de edad, que no sean familiares, pueden ser extranjeros. Debiendo encontrarse presente a momento del registro.
  • Si el pretendiente es extranjero, debe presentar los documentos legalizadas o apostillados por el país que los emite de acuerdo a su normativa y por el Consulado de Bolivia en el país respectivo y traducidos al español si están en otro idioma. Las traducciones deberán estar también legalizadas o apo

COSTO


Inscripción de reconocimiento de hijos

Los padres o uno de ellos pueden hacer una declaración voluntaria de reconocimiento en forma personal o mediante poder especial, para reconocer su hijo ante un Oficial de Registro Civil.

REQUISITOS

  • Cédula de identidad y/o pasaporte y presencia de los padres (si uno de ellos no puede asistir puede acudir el presentarse el apoderado con el poder respectivo).
  • Certificado de nacimiento del menor boliviano original actualizado.
  • Cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad de dos (2) testigos, mayores de edad, que no sean familiares, pueden ser extranjeros. Debiendo encontrarse presente a momento del registro.

COSTO


Emisión de certificados duplicados

La Oficina Consular puede otorgar una copia original del certificado de nacimiento, defunción o de matrimonio, siempre y cuando estén registrados en base de datos del Registro Civil.

REQUISITOS

  • Cédula de identidad y/o certificado de nacimiento (original ó fotocopia).
  • Pueden solicitar los certificados solamente los familiares de primer grado: padres, hermanos, cónyuge o hijos/as, portando sus documentos vigentes que muestren su relación con el titular del certificado, caso contrario, requieren un poder notarial.

COSTO


Rectificación o corrección de partidas

Si usted requiere realizar la rectificación ò corrección de una partida, deberá apersonarse a la Oficina Consular y presentar:

REQUISITOS

  • Solicitud de rectificación: Cuando se pruebe la existencia del error que no afecte a la identidad de la persona (fallas de escritura, letras o números) por ejemplo: Perez – Peres, se puede hacer solicitud de rectificación convalidar datos en una partida de nacimiento, matrimonio o defunción que tenga tachaduras, sobrescritos, por falta de firma o sello del funcionario encargado de Registro Civil.
  • Complementación: Incluir, añadir datos no registrados en una partida de Registro Civil.
  • Reponer/reposición: Registrar o recuperar en el sistema una partida extraviada o destruida.
  • Cambiar: Suplir un dato por otro.
  • Cancelación: Dejar sin efecto una partida por existir más de una inscripción.
  • Traspaso: Trasladar o transferir una partida de un libro a otro.
  • Aclaración: No será procedente la solicitud que pretenda rectificar un dato que a través de un anterior trámite administrativo fue rectificado o complementado, salvo que presente pruebas de reciente obtención.
  • El interesado debe presentar toda la documentación que avale que llena unos datos y no otros en su partida, sea de nacimiento, matrimonio o defunción. Por ejemplo: cédula de identidad, pasaporte, certificado de nacimiento, matrimonio o defunción, copia digitalizada o legalizada, otros documentos que sirvan para demostrar cuáles son los datos correctos.

COSTO